Abogados Especialistas Derecho Marítimo, Derecho del Transporte, Derecho Mercantil y Derecho Internacional Público y Privado
Hemos sido pioneros en la implementación y tramitación judicial en España de los procedimientos típicamente marítimos, tales como el embargo preventivo de buques, la ejecución de hipotecas navales, la descarga y el depósito judicial de mercancías y los expedientes de salvamento marítimo y avería gruesa, entre otros.
Tenemos capacidad para actuar directamente y con la urgencia requerida ante cualquier juzgado o tribunal de cualquier lugar de España y ante cualquier jurisdicción, incluidos el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional.
Contamos también con una red externa de profesionales para cubrir los servicios jurídicos requeridos en jurisdicciones extranjeras (Europa, Asia, USA, Iberoamérica, etc.) y en otras áreas de especialización (civil, penal, patrimonial), siempre con la mediación, garantía y control de calidad de nuestro despacho.
Hemos abordado una amplia variedad de asuntos legales incluyendo casos complejos y de alta repercusión mediática, en los que hemos puesto todo nuestro conocimiento y esfuerzo profesional para logar la solución más efectiva.
José Luis Goñi elegido Senior Statement
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Despacho recomendado como líder en su especialidad
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Transporte terrestre a temperatura controlada: la inobservancia de las instrucciones sobre la temperatura de la carga durante el transporte supone un incumplimiento del deber elemental del transportista de examinar las mercancías para conocer en qué condiciones deben ser transportadas, perdiendo por ello el derecho a limitar su responsabilidad el porteador.
Transporte aéreo internacional bajo el régimen del Convenio de Varsovia: se aprecia dolo del porteador por no seguir las instrucciones sobre el tratamiento de la mercancía, expresadas tanto en el conocimiento aéreo como en el embalaje exterior de la mercancía.
Transporte marítimo internacional bajo conocimiento de embarque: la cláusula de sumisión a los tribunales de Marsella inserta en el reverso del conocimiento de embarque es válida, por ser conforme a los usos del comercio internacional ampliamente conocidos y generalmente observados por las partes en esta clase de contratos.
La Sentencia estima parcialmente el recurso formulado contra el Real Decreto 1466/1997 sobre Régimen Jurídico de las Líneas Regulares de Cabotaje Marítimo y de las Navegaciones de Interés Público, anulando la necesidad de autorización administrativa para todo el tráfico de cabotaje insular.